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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Secretaría

La secretaría del centro se encuentra en la primera planta del edificio, accediendo a éste por la puerta  situada en  la plaza de Colón o por el patio de los más pequeños de Primaria (zona A)

El horario de atención al público es de lunes a viernes de 9 a 10 y de 13 a 1:15, en él les atenderemos para cualquier gestión relacionada con los alumnos, o para solicitar información sobre los diferentes aspectos relacionados con la vida del colegio.

En la secretaría se gestionarán las matrículas de los alumnos, una vez hayan obtenido plaza en el colegio, ya sea por el proceso ordinario, que se convoca para todos los centros extremeños (en el mes de mayo normalmente) o a través de la comisión de escolarización si la plaza se ocupa a lo largo del curso escolar.

También deben dirigirse a ella para solicitar cualquier documento que necesiten relacionado con el centro  (claves de acceso a Rayuela, certificados, justificantes de asistencia a tutorías, etc.) y para  presentar las solicitudes de todas aquellas convocatorias  que la Consejería de Educación publique y que estén dirigidas a los alumnos de E.Infantil y Primaria: becas de libros, ayudas de transporte y de comedor, aulas matinales, etc.
 

Telefónicamente  se atenderá en el número  924 013426

 

Secretaria

Conchita Griñón Pino

Auxiliar Administrativo

Victoria Carballo Vila

 
 
 
 
 
 

 

Consejo Escolar

El Consejo Escolar del centro es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa. El Consejo Escolar está compuesto por los siguientes miembros:

 

PRESIDENTE

El director del centro

D. Rafael A. Pérez Matamoros

Concejal representante del

Ayuntamiento de Badajoz

 Dña Soledad Giralt 

Cinco maestros representantes

del Claustro y elegidos por ellos.

Dª Cristina Gimeno San Juan

DªIsabel Moralo Aragüete

Dª Raquel Municio Carballo

D. Carlos Porcar Saravia

Dª Carla S. D Trinidad Anacleto

Cuatro padres, representantes

de los padres y madres del centro y

elegidos por ellos. 

Y la presidenta de la AMPA.

Dª Yolanda Linares Murillo

Dª Virginia Nieto Bravo

Dª Mª Catalina Moreno Pérez

Dª Belén Sedeño Narváez

Dª Pedro J.Hermoso Pérez(AMPA)

La jefa de estudios del centro

Dª Mª del Carmen Cerrato Tamayo

SECRETARIA

La secretaria del centro, con voz,

pero sin voto

Dª Concepción Griñón Pino

 

El Consejo Escolar del tiene las siguientes atribuciones:

Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título V de la presente Ley orgánica.

* Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

* Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

* Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

* Informar sobre la admisión de alumnado con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

* Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas

* Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

* Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

* Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

* Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

* Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

* Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa

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Claustro de profesores

PLANTILLA DEL CENTRO
 
     Al pertenecer nuestro centro al Convenio MEC-British Council y tratarse de un colegio que imparte una enseñanza bilingüe, presenta como una de sus características principales que los tutores de los cursos de Primaria, exceptuando el de un grupo, son maestros especialistas en inglés. Además de este profesorado, trabajan en el centro 4 profesores asesores british, de los cuales dos de ellos son nativos, seleccionados por el Britrish Council: tres en Primaria y otro en Infantil, ciclo en el que también imparte docencia una profesora de apoyo al Proyecto British.

En el siguiente cuadro se expone la composición funcional actual del centro.

Especialidades E. Infantil E. Primaria FI British Council EF MU RE PT AL TOTAL
Puestos creados
7 0 15 3 2 1 1 1 2.5 32.5
Definitivos 7 0 12 2 2 1 1 1 1.5 27.5
Provisionales 0 0 3 1 0 0 0 0 1 5
TOTAL 7 0 13 3 2 1 1 1 2.5 38

 

Este curso, el Claustro de profesores está asignado a los siguientes ciclos y grupos de alumnos:

CLAUSTRO DE PROFESORES
UBICACIÓN DE GRUPO
CURSO 2024/2025

    

EQUIPO DIRECTIVO

Director D. Rafael Andrés Pérez Matamoros
J. de estudios Dª Mª Carmen Cerrato Tamayo
Secretaria Dª Concepción Griñón Pino
EDUCACIÓN INFANTIL
GRUPOS TUTORES   UBICACIÓN
3 años A Dª Mª José García Hortal   Zona A, pl. baja
3 años B

D. Felix Ruiz Merino

  Zona B, pl. baja
4 años A

Dª Elisa Ruiz Amaya

  Zona A, pl. baja
4 años B Dª Eugenia Leo Barrantes   Zona B, pl. baja
5 años A Dª Marta González Benito   Zona A, pl. baja
5 años B Dª Estela Rosado Casas   Zona B, pl. baja
Apoyo Infantil           Dª Teresa de Manuel Nogales
Asesora British

Dª Sofía Senso García

  Zona A y B, pl. baja

EDUCACIÓN PRIMARIA

PRIMER  CICLO
GRUPOS TUTORES   UBICACIÓN
1º A Dª Mª del Carmen Gallego   Zona A, 1ª planta
1º B
Dª Mª Soledad Mora   Zona A, 1ª planta
2º A Dª Nazaret Díaz   Zona A, 1ª planta
2º B
Dª Cristina Gimeno San Juan   Zona A, 2ª planta
Asesor British Dª Mª Jesús Torrescusa Asensio   Zona A, 2ª planta
SEGUNDO  CICLO
3º A Dª Mª Luisa Murillo Vázquez   Zona B, 1ª planta
3º B
D. Carlos Porcar Saravia   Zona B, 1ª planta
4º A

Dª Pilar Ojalvo Lledó

  Zona A, 2ª planta
4º B
Dª Carla Trinidad Anacleto   Zona A, 2ª planta
Asesor British Mr. Antonio Montejano Galán   Zona B, 1ª planta 
TERCER  CICLO
5º A Dª Joaquina Pajuelo de la Maya Zona B, 2º planta
5º B D. Alberto J. Rodríguez  Zona B, 2ª planta
6º A Dª Isabel Moralo Aragüete Zona B, 2ª planta
6º B Dª Inés Corral Jiménez Zona B, 2ª planta
Asesora British Mrs. Helen Forde   Zona B, 2ª planta
ESPECIALISTAS DE ED. FÍSICA
4º, 5º y 6º
 D. Julio González Macías
1º, 2º y 3º Dª Emilia Albarrán Viejo 
ESPECIALISTA DE MÚSICA
                      D. Enrique A. Haut  Zona A, 2ª planta
ESPECIALISTAS DE RELIGIÓN
Dª Mª Guadalupe Ruiz Guerrero   Zona A, 2ª planta
 
EQUIPO DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

Audición y

lenguaje

Dª Alicia Fernández Ramos

Dª Paloma Montero Gago 

    2ª planta

Pedagogía

terapeútica

D, Javier Bollas Baena

Dª Raquel Jaramillo Durán

    2ª planta
  
La zona A del edificio es aquella en la que se encuentra secretaría y el patio de los más pequeños (1º, 2º y 3º). El otro ala del edificio es, por tanto, la zona B
COMPOSICIÓN Y FUNCIONES EL CLAUSTRO
 

   La normativa vigente establece que el Claustro de Profesores es el órgano de participación de los maestros en el centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del mismo. El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por todos los maestros que presten servicios docentes en el centro.

   Sus competencias son:

a) Elevar al equipo directivo propuestas para la elaboración del Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual.
b) Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos.
c) Aprobar los aspectos docentes de la Programación General anual del centro e informar ésta antes de su presentación al Consejo Escolar.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
e) Elaborar el Plan de Formación del profesorado del centro.
f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y en el Consejo del Centro de profesores.
g) Conocer las candidaturas a la Dirección y los programas presentados por los candidatos.
h) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
i) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
j) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los maestros.
k) Analizar y valorar trimestralmente la marcha general y la situación económica del centro.
l) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones.
ll) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
m) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.

  El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo caso, será preceptivo, además, una sesión de Claustro al principio del curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos los miembros.

Comisión de Coordinación Pedagógica

La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) del centro está formada por el director, la jefa de estudios, las coordinadoras de los distintos equipos docentes de ciclo (Infantil, primer ciclo, segundo ciclo y tercer ciclo), el maestro de Pedagogía Terapeútica, la maestra de Audición y Lenguaje y la orientadora del colegio.

  1. La Comisión de Coordinación Pedagógica y se reunirá con una periodicidad mensual. Celebrará, además, una sesión extraordinaria al comienzo de curso y otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
  2. La Comisión de Coordinación Pedagógica deberá tener establecidas las directrices generales para la elaboración y revisión de las Programaciones Didácticas antes del comienzo de la elaboración de las mismas.
  3. Establecer durante el mes de septiembre, y antes del inicio de las actividades lectivas, un calendario de actuaciones para el seguimiento y evaluación de los Proyectos Curriculares de etapa y de las posibles modificaciones de los mismos que puedan producirse como resultado de la evaluación realizada en la Memoria Anual del curso anterior.
  4. Asimismo, la Comisión deberá establecer durante el mes de septiembre, y antes del inicio de las actividades lectivas, un calendario de actuaciones para la actuación con los alumnos de n.e.e..
  5. Propondrá al Claustro de Profesores, de acuerdo con la Jefatura de Estudios, la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación de los alumnos. Esta planificación se incluirá en el Plan de Acción Tutorial.

Equipo Directivo

EL actual equipo directivo del colegio está formado por:
 
Director
Rafael Andrés Pérez Matamoros 
Jefa Estudios
Maria del Carmen Cerrato Tamayo
Secretaria
Concepción Griñón Pino 

Para contactar con cualquiera de ellos o concertar cita pueden llamar al teléfono del centro: 924 013 426

 

FUNCIONES DE LOS CARGOS UNIPERSONALES DEL CENTRO
 
Director
El Director será elegido por el Consejo Escolar y nombrado por el Delegado Provincial de Educación de la Consejería de Educación y Cultura. Son competencias del Director:

a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del centro.
d) Ejecutar la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
e) Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
f) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos. h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
i) Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los Coordinadores de ciclo y a los tutores.
j) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.
k) Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de las respectivas competencias.
l) Elaborar con el equipo directivo la propuesta de Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro de Profesores y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
ll) Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica del centro.
m) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. n) Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
ñ) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.
o) Proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes.
p) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
q) Garantizar el derecho de reunión de maestros, alumnos, padres de alumnos y personal de administración y de servicios, de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.

En caso de ausencia o enfermedad del Director, se hará cargo de sus funciones el Secretario, si lo hubiere. En caso contrario, lo sustituirá el maestro más antiguo en el centro y, si hubiese varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.

 
Jefe de Estudios
Son competencias del Jefe de Estudios:

a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el Proyecto educativo del centro, los Proyectos Curriculares de etapa y la Programación General anual y, además, velar por su ejecución.
d) Elaborar, en coordinación con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de profesores, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Coordinar la realización de actividades complementarias, según las directrices aprobadas por el Consejo Escolar del centro.
j) Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro.
k) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.

Si no hubiera en el centro Jefe de Estudios, el Director asume sus competencias.

 

Secretario

Son competencias del Secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del Director.
b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones de y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
c) Custodiar los libros y archivos del Centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
j) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
k) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencias.